LA DEFENSORA DEL PUEBLO
EUROPEO ABRE INVESTIGACIÓN A LA EXCEPCIÓN CONCEDIDA A CHIRA-SORIA
POR LA COMISIÓN EUROPEA
El pasado 24 de octubre, la Jefa de la Unidad de Gestión de Casos de
la Oficina del Defensor del Pueblo Europeo, Tina Nilsson, notificó
al ciudadano grancanario Eduardo Martín Almeida su decisión de
convocar a una reunión explicativa al equipo de la Comisión Europea
que redactó la excepción concedida a España para que Red Eléctrica
pueda construir, operar y gestionar la Central Hidroeléctrica de
Bombeo Chira-Soria, así como otros sistemas de almacenamiento en
Canarias, resolución denunciada por este ciudadano ante la
institución europea en marzo de este año.
Martín Almeida, cuyas denuncias y reclamaciones en relación al
proyecto de la central hidroeléctrica se han dirigido en los últimos
tres años al Cabildo de Gran Canaria, al Gobierno de Canarias, al
Gobierno de España y a la Comisión Europea, participó como miembro
de la comisión de la Plataforma Ciudadana Salvar Chira-Soria que en
septiembre de 2023 se entrevistó en Bruselas con técnicos de las
direcciones generales y responsables políticos de la Comisión
Europea, instituciones todas ellas que, hasta el momento, han hecho
oídos sordos a sus demandas.
En junio, tras haber analizado la reclamación del ciudadano, la
Defensora del Pueblo Europeo detectó motivos suficientes para
iniciar una investigación sobre la decisión de la Comisión
Europea, por lo que vio necesario inspeccionar determinados
documentos del expediente de la Comisión para comprender su
procedimiento de tramitación de solicitudes de excepción. Tras
el análisis de la documentación durante los meses de verano, la
Defensora del Pueblo Europeo ha decidido profundizar en la
investigación sobre los fundamentos técnicos y jurídicos que han
motivado la concesión de dicha excepción.
El artículo 66.1 de la Directiva Europea 2019/944 establece que si
España puede justificar la necesidad de comprometer la neutralidad
del sistema eléctrico y la libre competencia debido a que la
operación de las pequeñas redes aisladas presenta problemas
considerables, podrá solicitar excepciones a lo dispuesto en el
capítulo VI, artículo 54, de la Directiva Europea 2019/944, que
prohíbe expresamente al operador del sistema construir, operar y
gestionar sistemas de almacenamiento energético. En su reclamación
al Defensor del Pueblo Europeo, Martín Almeida recuerda que en la
directiva mencionada no se contempla ninguna otra condición que
pueda ser fundamentada para la obtención de la excepción a dicho
artículo.
La excepción a España
Sin embargo, la Comisión Europea, en la resolución que reconoce la
excepción a España, argumenta que Canarias cumple con el criterio
del artículo 66.2 de la Directiva Europea 2019/944, ya que por
razones estrictamente geográficas no puede interconectarse con el
mercado de la energía de la Unión Europea. En base a esto, la
Comisión considera que España no está obligada a demostrar que
existen problemas sustanciales para el funcionamiento de los sistemas
eléctricos de Canarias, con ello tampoco del sistema eléctrico
de Gran Canaria, y además concede la excepción por una duración
ilimitada.
El autor de la reclamación a la Defensora del Pueblo Europeo
considera esta decisión como una "falsa premisa jurídica",
en la que la Comisión ha forzado los argumentos plasmados en la
Directiva y ha hecho una interpretación torticera de su articulado
para motivar la excepción, ya que está utilizando el hecho de que
Canarias sea una región ultraperiférica para justificar la
excepción sin la necesidad de demostrar problemas considerables
en la operación de la red eléctrica, única y necesaria condición
que recoge el artículo 66.1 de la Directiva Europea para poder
otorgar la excepción.
Martín Almeida insiste en que no existe ningún artículo en la
Directiva, ni en el Reglamento ni en el Tratado de Funcionamiento de
la Unión Europea que establezca la falta de conexión continental
como justificación para otorgar la excepción a España, argumento
que ha llevado a la Defensora del Pueblo Europeo a indagar en los
fundamentos técnicos y jurídicos motivados por la Comisión.
Gran Canaria, una red
eléctrica sin problemas
considerables
Por otro lado, Martín Almeida critica la falta de análisis
individualizado de la Comisión Europea sobre los seis sistemas
eléctricos aislados de Canarias. La Comisión, al conceder la
excepción, no ha examinado las particularidades de cada red,
especialmente las debilidades y posibles problemas considerables
que podrían justificar la excepción. Si bien todos los sistemas
insulares presentan desafíos adicionales a los continentales, la
realidad es que Gran Canaria dispone de los mecanismos necesarios
para la operación segura y confiable. A modo de ejemplo, el
reclamante compara la red de Gran Canaria con la de La Gomera para
evidenciar la necesidad de este análisis individualizado. Gran
Canaria, con 462.000 abonados, posee la segunda red más grande de
Canarias. Se trata de una red segura y robusta que no ha
experimentado ningún cero energético en más de diez años,
lo que demuestra que la operación de la red de Gran Canaria no
plantea problemas considerables. La Gomera, por otro lado, con
15.834 abonados, sufrió un cero energético el 30 de julio de 2023,
evento que evidencia la fragilidad de la red de La Gomera y respalda
la idea de que su operación sí plantea problemas considerables.
Martín Almeida utiliza este contraste para demostrar que la
Comisión Europea ha abordado los seis sistemas eléctricos de
Canarias como si de un solo sistema se tratase.
Sostiene Eduardo Martín que la concesión de la excepción, sin un
análisis individualizado que demuestre la existencia de problemas
considerables, perjudica la neutralidad del mercado eléctrico de
Gran Canaria, ya que permite a Red Eléctrica de España, el operador
del sistema eléctrico español, desarrollar, gestionar y operar
sistemas de almacenamiento energético sin una justificación
adecuada, vulnerando la libre competencia en Canarias, lo que
contradice el sentido y objeto fundamental de la Directiva 2019/944.
Aunque fue un Decreto del Gobierno de España, de la mano de José
Manuel Soria como Ministro de Industria, Energía y Turismo, el que
adjudicó en 2014 el proyecto de la Central Hidroeléctrica de
Chira-Soria sin ningún tipo de concurrencia competitiva, la actual
concesión a dedo de la excepción para Canarias por parte de la
Comisión Europea, consolida la posición de dominio de facto de Red
Eléctrica de España, convertida en juez y parte, y en actor
principal del negocio del almacenamiento. Por esto, el reclamante
solicita revertir la aplicación de la resolución y anular la
concesión de la excepción de la aplicación del artículo 54 de la
Directiva 2019/944 al Reino de España ya que ésta discrimina
severamente a Canarias y no se ajusta al Derecho Europeo.
Se da la circunstancia de que Red Eléctrica de España, el operador
del sistema eléctrico español, inició en febrero de 2022 las obras
de la Central Hidroeléctrica de Bombeo de Chira-Soria, en Gran
Canaria, con el beneplácito de las instituciones locales, insular,
autonómica y estatal, aún a sabiendas de que se vulneraba la
legislación europea, ya que el reconocimiento por parte de la
Comisión Europea de la excepcionalidad a Canarias a la hora de
cumplir la normativa europea del mercado eléctrico, sobre la que
ahora investiga la Defensora del Pueblo Europeo, no fue aprobado
formalmente hasta enero de 2024.
Habrá reunión con
representantes relevantes de la Comisión Europea
Precisamente por estos motivos, tras analizar e inspeccionar el
expediente administrativo de la solicitud de excepción, la Defensora
del Pueblo Europeo concluye que necesita reunirse presencialmente con
representantes relevantes de la Comisión Europea para que aclaren y
motiven cuáles son los problemas considerables que afectan la
operación de la red eléctrica grancanaria, y la base jurídica
sobre la que han fundamentado su decisión. Si esto hubiera
quedado claro tras el análisis del expediente, argumenta Martín
Almeida, la Defensora no se habría visto en la necesidad de
dirigirse nuevamente a la Comisión para solicitar una explicación
al respecto, lo que indica que la información proporcionada por la
Comisión Europea en el expediente no ha sido suficiente para que la
Defensora del Pueblo Europeo pueda comprender plenamente la
justificación de la excepción otorgada a España.
La reunión presencial que ahora solicita la Defensora del Pueblo
Europeo con los representantes relevantes de la Comisión
Europea para obtener más información sobre cómo gestionó el
asunto así como respuestas sobre ciertas preguntas, tiene como
objetivo obtener aclaraciones sobre los dos aspectos clave:
1. La naturaleza de los problemas considerables que afectan la
operación de la red eléctrica canaria. La Comisión debe
especificar cuáles son estos problemas, cómo afectan la red y por
qué es necesario vulnerar la neutralidad del sistema y la libre
competencia para poder solucionarlos.
2. Las bases jurídicas sobre las que se ha fundamentado la decisión
de conceder la excepción. La Comisión debe explicar con precisión
qué artículos de la Directiva Europea, del Reglamento o del Tratado
de Funcionamiento de la Unión Europea justifican la excepción en el
caso de Canarias, y por qué el hecho de que Canarias sea Región
Ultraperiférica y la falta de conexión continental han sido
considerados motivos suficientes para el reconocimiento de la
excepción canaria.
Por otro lado, sería una buena oportunidad para que se diesen a
conocer las razones por las que la Comisión Europea no sancionó, y
ni siquiera recriminó, a España por haber aprobado un proyecto que
vulneraba la legislación vigente, ya que cuando se solicitó la
excepción las obras de Red Eléctrica de España en la Central
Hidroeléctrica de Chira-Soria ya estaban en marcha y han seguido de
manera ininterrumpida esos trabajos entre 2022 y 2024 antes de que la
excepción se concediera.
Habrá que esperar a la celebración de la reunión entre los
responsables de la investigación en representación de la Defensora
del Pueblo Europeo y los responsables relevantes de la Comisión
Europea, para conocer el informe en que se recogerán las
conclusiones.