La
LEY
ORGÁNICA 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección
Integral contra la Violencia de Género,
en el primer párrafo de su exposición de motivos dice textualmente:
“La
violencia de género no es un problema que afecte al ámbito privado.
Al contrario, se manifiesta como el símbolo más brutal de la
desigualdad existente en nuestra sociedad. Se trata de una violencia
que se dirige sobre las mujeres por el hecho mismo de serlo, por ser
consideradas, por sus agresores, carentes de los derechos mínimos de
libertad, respeto y capacidad de decisión”
Cuando
sucede un acto violento en el ámbito de la pareja que finaliza con
la muerte de una mujer, estamos acostumbrados a ver imágenes en las
que políticos e instituciones guardan minutos de silencio y realizan
declaraciones de condena y de buenos propósitos de perseguir a estos
indeseables y acomplejados de esta sociedad. Igualmente los medios de
comunicación se suman a estos gestos abriendo sus noticiarios y
portadas con el relato más o menos pormenorizado de los hechos
acaecidos. Pero la triste realidad es que pasados unos días, todo
vuelve a la RUTINA diaria, sin caer en la cuenta de que cada día,
cada momento, en miles de rincones de toda la geografía se están
fraguando auténticas tragedias familiares, en las que miles de
mujeres sufren los MALOS
TRATOS PSICOLÓGICOS,
lo que ya han definido muchos autores y expertos como la
violencia que no se ve.
Siempre,
antes del maltrato físico -y en muchos casos la muerte de la
víctima-, hay una larga cadena de malos tratos psicológicos que van
desarmando y hundiendo a la víctima en el pozo de la desesperación
y la indefensión. Y ese es precisamente el mal que corroe al sistema
y por el que la Ley pierde su efectividad, “LA RUTINA”. La
rutina policial
que en ocasiones quita importancia a los hechos denunciados si no ve
signos evidentes de una violencia física, y que tienden a minimizar
-cuando no a omitir-, detalles valiosos de la declaración de la
víctima, y que luego pueden dar lugar a una valoración legal
objetiva más ajustada a los hechos, unas veces por la ya comentada
rutina y otras por la carencia de formación entre los miembros
policiales encargados de atender en primera instancia a la víctima
de malos tratos. También la
rutina en los abogados del turno de oficio,
que por la misma falta de formación y sensibilidad, dan poca o nula
importancia al calvario que en esos momentos están sufriendo las
mujeres que se ven sometidas y vejadas por estos hechos. A veces,
incluso la
rutina de los Servicios Sociales y Tribunales,
muchas veces desbordados por el exceso de trabajo.
Para una mujer, que es víctima de
malos tratos psicológicos, ya le es muy difícil comprender y
asimilar por ella misma lo que está sucediendo, mucho más
explicarle a un desconocido su tortura diaria y desesperación,
denunciar este hecho ante un cuerpo policial y su posterior
comparecencia judicial. Para las víctimas que se deciden a dar el
último paso, estas instituciones se convierten muchas veces en un
obstáculo más, a veces insalvable, entre el infierno de sus vidas y
la libertad. Si en el difícil camino de asumir, hacer frente y
finalmente denunciar los malos tratos psicológicos sufridos
-probablemente durante años- no encuentra profesionales
adecuadamente preparados, formados y sobre todo SENSIBILIZADOS con
este tipo de delitos, esta fase puede convertirse en si misma en un
nuevo maltrato psicológico añadido a la larga cadena de los
sufridos en el ámbito familiar.
Sin
ánimo de extenderme excesivamente sobre este tema, si me gustaría
destacar los siete puntos que se definen en la publicación “El
Maltrato Psicológico en la Pareja” (Macarena Blázquez Alonso y
Juan Manuel Moreno Manso) http://www.inefoc.net/pdfs/15.pdf
,
y que relaciono a continuación por su interés:
1.
Abuso verbal:
-
Rebajar.
-
Insultar.
-
Ridiculizar.
-
Humillar.
-
Utilizar juegos mentales e ironías para confundir.
-
Poner en tela de juicio la cordura de la víctima.
2.
Abuso económico:
-
Control abusivo de finanzas, recompensas o castigos monetarios.
-
Impedirle trabajar aunque sea necesario para el sostén de la
familia.
-
Haciéndole pedir dinero.
-
Solicitando justificación de los gastos.
-
Dándole un presupuesto límite.
-
Haciendo la compra para que ella no controle el presupuesto, etc.
3.
Aislamiento:
-
Control abusivo de la vida del otro, mediante vigilancia de sus actos
y
movimientos.
-
Escucha de sus conversaciones.
-
Impedimento de cultivar amistades.
-
Restringir las relaciones con familiares, etc.
4.
Intimidación:
-
Asustar con miradas, gestos o gritos.
-
Arrojar objetos o destrozar la propiedad.
-
Mostrar armas.
-
Cambios bruscos y desconcertantes de ánimo.
-
El agresor se irrita con facilidad por cosas nimias, manteniendo a la
víctima en un
estado
de alerta constante.
5.
Amenazas con:
-
Herir.
-
Matar.
-
Suicidarse.
-
Llevarse a los niños.
-
Hacer daño a los animales domésticos.
-
Irse.
-
Echar al otro de casa.
6.
Desprecio y abuso emocional:
-
Tratar al otro como inferior.
-
Tomar las decisiones importantes sin consultarle.
-
Utilización de los hijos.
-
Se la denigra intelectualmente, como madre, como mujer y como
persona.
7.
Negación, minimización y culpabilización.
Ocho años después de la
aprobación de la ley, de cientos de publicaciones sobre la violencia
de género y sus consecuencias sobre la víctima, de cientos de
campañas como la que en este mes volveremos a ver y escuchar en los
medios de comunicación, seguimos en pañales en muchos aspectos de
su tratamiento y atención, sobre todo en la parte más
trascendental, cuando la mujer se decide a dar el último y
definitivo paso para acabar con la odisea, cuando la mujer se debate
-en su desesperación- entre acabar con su vida o denunciar al
indeseable que profana lo más sagrado de una persona, como es su
voluntad, su vida y su libertad.
Los cuerpos policiales, los
colegios de abogados y el mismo estamento judicial, que muchas veces
son el primer contacto que aborda una mujer con la extremadamente
dura vivencia de poner fin al maltrato, deberían designar SÓLO
personal altamente especializado y formado en este tipo de delitos,
teniendo en cuenta la especial fragilidad psíquica en la que llegan
las víctimas. De nada sirve la cadena de ayudas establecidas para
las víctimas, una vez iniciado el proceso, si en la primera
instancia se ve desamparada y ninguneada en lo que podíamos definir
como LOS PRIMEROS AUXILIOS.
No siempre ajustarse mecánicamente
a un cuadriculado protocolo de actuaciones es garantía de una
adecuada atención, cuando de la salud mental y, en muchos caso la
vida, de una persona está en juego.
Cuando no hay partes médicos ni
lesiones visibles que evidencien el maltrato, el pormenorizado relato
de las vejaciones sufridas por la víctima, por lejanas que estos
hayan sido en el tiempo, son elementos de muchísimo valor para la
posterior catalogación legal del hecho, sobre todo teniendo en
cuenta que este tipo de maltrato no es un hecho puntual, sino que se
van reproduciendo a lo largo del tiempo, a veces intercalados con
episodios de supuesto amor o arrepentimiento.
NO ES POSIBLE que a finales ya del
año 2012 se sigan considerando los malos tratos psicológicos,
por algunos estamentos del Estado, como SIMPLES DISCUSIONES DE
PAREJA. La especial complejidad de este tipo de maltrato, dentro de
la violencia de género, debería obligar también a una alta
especialización a las personas de toda la cadena de atención a las
víctimas, antes, durante y después de la denuncia.
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